lunes, 31 de octubre de 2016

Mujer, Denuncia A Tu Agresor (Parte I)

Es el primer artículo que voy a compartir con ustedes, referido al tema de la violencia de género específicamente se centra en la protección legal que brinda el ordenamiento jurídico venezolano a través de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la cual tiene por objeto garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones o ámbitos, impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad justa, democrática, participativa, paritaria y protagónica.




Si bien es cierto que algunas disposiciones de esta ley me inquietan un poco, en otra oportunidad les explicaré por qué, el altísimo índice de maltrato hacia el mal llamado sexo débil la justifica.




La Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, (derogada) tipificó como delito algunas conductas que en el pasado eran aceptadas y hasta se consideraban "normales" en una relación de pareja, al punto que si una mujer víctima de maltrato se le ocurría la idea de denunciar tal situación, los cuerpos policiales, en la mayoría de los casos, la ignoraban o hacían poco caso a la misma alegando que se trataba de una pelea entre marido y mujer, indicándole a la víctima que debía resolver sus problemas en casa.




La nueva ley in comento amplió los supuestos de hecho de los delitos ya previstos en la normativa derogada, el catálogo de conductas que configuran delito, así como el ámbito de aplicación, quedándo establecidas como formas de violencia de género en contra de las mujeres, las siguientes:




  • Violencia psicológica: Es toda conducta activa u omisiva ejercida en deshonra, descrédito o menosprecio al valor o dignidad personal, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante, aislamiento, marginalización, negligencia, abandono, celotipia, comparaciones destructivas, amenazas y actos que conllevan a las mujeres víctimas de violencia a disminuir su autoestima, a perjudicar o perturbar su sano desarrollo, a la depresión e incluso al suicidio.


  • Acoso u hostigamiento: Es toda conducta abusiva y especialmente los comportamientos, palabras, actos, gestos, escritos, o mensajes electrónicos, dirigidos a perseguir, intimidar, chantajear, apremiar, importunar y vigilar a una mujer que pueda atentar contra su estabilidad emocional, dignidad, prestigio, integridad física o psíquica, o que puedan poner en peligro su empleo, promoción, reconocimiento en el lugar de trabajo o fuera de él.


  • Amenaza: Es el anuncio verbal o con actos de la ejecución de un daño físico, psicológico, sexual, laboral o patrimonial con el fin de intimidar a la mujer, tanto en el contexto doméstico como fuera de él.


  • Violencia física: Es toda acción u omisión que directa o indirectamente está dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento físico a la mujer, tales como: Lesiones internas o externas, heridas, hematomas, quemaduras, empujones o cualquier otro maltrato que afecte su integridad física.


  • Violencia doméstica: Es toda conducta activa u omisiva, constante o no, de empleo de fuerza física o violencia psicológica, intimidación, persecución o amenaza contra la mujer por parte del cónyuge, el concubino, ex cónyuge, ex concubino, persona con quien mantiene o mantuvo relación de afectividad, ascendientes, descendientes, parientes colaterales, consanguíneos y afines.


  • Violencia sexual: Es toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, comprendiendo ésta no solo el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital, tales como actos lascivos, actos lascivos violentos, acceso carnal violento o la violación propiamente dicha.


  • Acceso carnal violento: Es una forma de violencia sexual, en la cual el hombre mediante violencia o amenazas, constriñe a la cónyuge, concubina, persona con quien hace vida marital o mantenga unión estable de hecho o no, a un acto carnal por vía vaginal, anal u oral, o introduzca objetos sea cual fuere su clase, por algunas de estas vías.


  • Prostitución forzada: Se entiende por prostitución forzada la acción de obligar a una mujer a realizar uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza o mediante amenaza de la fuerza, o mediante coacción, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la opresión psicológica o el abuso de poder, esperando obtener o haber obtenido ventajas o beneficios pecuniarios o de otro tipo, a cambio de los actos de naturaleza sexual de la mujer.

  • Esclavitud sexual: Se entiende por esclavitud sexual la privación ilegítima de libertad de la mujer, para su venta, compra, préstamo o trueque con la obligación de realizar uno o más actos de naturaleza sexual.


  • Acoso Sexual: Es la solicitud de cualquier acto o comportamiento de contenido sexual, para sí o para un tercero, o el procurar cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado que realice un hombre prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o análoga, o con ocasión de relaciones derivadas del ejercicio profesional, y con la amenaza expresa o tácita de causarle a la mujer un daño relacionado con las legítimas expectativas que ésta pueda tener en el ámbito de dicha relación.


Así como: Violencia laboral, Violencia patrimonial y económica, Violencia obstétrica, Esterilización forzada, Violencia mediática, Violencia institucional, Violencia simbólica, Tráfico de Mujeres, niñas y adolescentes, Trata de mujeres, niñas y adolescentes.

lunes, 6 de octubre de 2008

Hermosa oración

Ayúdame a decir la verdad delante de los fuertes y a
no decir mentiras para ganarme el aplauso de los débiles.
Si me das fortuna, no me quites la razón.
Si me das éxito, no me quites la humildad.
Si me das humildad, no me quites la dignidad.
Ayúdame siempre a ver la otra cara de la moneda, no
me dejes inculpar de traición a los demás por no pensar
igual que yo.
Enséñame a querer a la gente como a mi mismo y a no
juzgarme como a los demás. no me dejes caer en el
orgullo si triunfo, ni en la desesperación si fracaso.
Más bien recuérdame que el fracaso es la experiencia
que precede al triunfo.
Enséñame que perdonar es un signo de grandeza y
que la venganza es una señal de bajeza.
Si me quitas el éxito, déjame fuerza para aprender
del fracaso. Si yo ofendiera a la gente, dame valor
para disculparme y si la gente me ofende, dame valor
para perdonar.
¡Señor...si yo me olvido de ti, nunca te olvides de mí!

Mahatma Gandhi